Los ERTE pasaron del léxico técnico al lenguaje cotidiano durante la pandemia. La cobertura sostuvo el empleo de millones de trabajadores y consolidó al Mecanismo RED como vía permanente para situaciones cíclicas y sectoriales. FOGASA, por su parte, sigue siendo el garante para casos donde la empresa no puede o no quiere pagar. Pero los detalles importan: muchos trabajadores desconocen sus derechos en ERTE, los plazos exactos para reclamar a FOGASA y las consecuencias de aceptar acuerdos individuales antes de tiempo.
Este artículo recoge lo esencial sobre ERTE y FOGASA en 2026: qué son, qué tipos existen, qué cobras, cómo reclamar y dónde están las trampas habituales. Los datos numéricos son orientativos.
1. Qué es un ERTE
ERTE significa Expediente de Regulación Temporal de Empleo. Es una figura del Estatuto de los Trabajadores que permite a la empresa, ante causas concretas, suspender contratos o reducir jornadas temporalmente sin necesidad de despedir. Las causas reconocidas son:
- Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP).
- Fuerza mayor: hechos externos imprevisibles (catástrofe natural, decisión administrativa).
- Mecanismo RED: figura permanente desde la reforma laboral de 2022, con dos modalidades (cíclica y sectorial).
El ERTE no es despido: el contrato sigue vivo. Cuando termina, el trabajador vuelve a su puesto en las condiciones previas (salvo que se haya pactado otra cosa).
2. Tipos de ERTE en 2026
ERTE de suspensión
El contrato queda en suspenso al 100%. El trabajador no presta servicios y la empresa no paga salario. El trabajador cobra prestación por desempleo durante el periodo.
ERTE de reducción de jornada
El trabajador mantiene parte de la jornada (típicamente 30-70%) y cobra esa parte de la empresa. Por la parte no trabajada cobra prestación por desempleo correspondiente.
ERTE por fuerza mayor
Causas externas extraordinarias. Procedimiento simplificado (autorización administrativa expresa). Cobertura específica.
Mecanismo RED
Figura permanente desde la reforma de 2022. Dos modalidades:
- Cíclica: activación discrecional por el Consejo de Ministros ante coyuntura macroeconómica.
- Sectorial: para sectores con cambios estructurales que necesitan reciclaje.
Ofrece prestación específica, cotización mantenida, formación obligatoria para el trabajador.
3. Cuánto cobras durante un ERTE
La prestación por desempleo durante ERTE se calcula sobre las bases de cotización de los últimos 180 días:
- 70% de la base reguladora los primeros 180 días, luego 50%.
- Topes mínimos y máximos establecidos por ley anualmente (orientativamente entre 600 y 1.450 euros mensuales, dependiendo de cargas familiares).
- En ERTE NO consume tu derecho acumulado de prestación por desempleo (no contabiliza para tope de duración de futura prestación), siempre que estés cobrando bajo la figura específica.
Si es ERTE de reducción de jornada, sumas: parte salarial proporcional de la empresa + prestación proporcional al porcentaje suspendido.
4. Tus derechos durante un ERTE
- Mantenimiento del puesto: no puedes ser despedido por causa relacionada con el ERTE.
- Compromiso de mantenimiento de empleo: la empresa que acude a ERTE con ciertas bonificaciones se compromete a mantener tu puesto durante un periodo (habitualmente seis meses tras la finalización del ERTE).
- Formación: en Mecanismo RED, derecho-deber a formación.
- Cotización mantenida: para futuras prestaciones (jubilación, IT, etc.).
- Derecho a percibir las pagas extraordinarias correspondientes a periodos cotizados.
- Vacaciones: durante ERTE de suspensión no se generan; en reducción de jornada se generan proporcionalmente.
5. Lo que NO te pueden hacer durante un ERTE
- Pedirte que trabajes (en suspensión total) o más horas de las pactadas (en reducción).
- Despedirte sin causa específica e independiente.
- Cambiarte condiciones contractuales sin proceso formal.
- Negociar individualmente al margen del ERTE para "salir" de él en condiciones peores.
Si una empresa te obliga a trabajar gratis durante un ERTE o te coacciona, es una infracción grave. Inspección de Trabajo y vía judicial son la respuesta.
6. Qué es FOGASA
FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) es un organismo dependiente del Ministerio de Trabajo que cubre salarios e indemnizaciones impagados por empresas en insolvencia o concurso, dentro de unos topes legales.
Cubre:
- Salarios pendientes de cobro por insolvencia o concurso.
- Indemnizaciones por despido o extinción declaradas por sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa.
No cubre:
- Cantidades adeudadas por empresas solventes (esas se reclaman directamente).
- Vacaciones no disfrutadas (salvo que se incluyan en sentencia).
- Pluses extracontractuales no integrados en concepto salarial.
7. Topes de FOGASA
Los topes se actualizan periódicamente. Orientativamente en 2026:
- Salarios: hasta el doble del SMI diario por número de días pendientes, con máximo 120 días.
- Indemnizaciones: equivalente a 30 días por año de servicio, con tope del doble del SMI diario, y máximo de un año.
Si la deuda de la empresa supera estos topes, FOGASA paga hasta el tope y el resto se reclama por vía concursal o ejecutiva.
8. Cómo reclamar a FOGASA
Procedimiento básico:
- Tener sentencia, auto, acto de conciliación o resolución administrativa que reconozca la deuda.
- Acreditar insolvencia de la empresa (declaración judicial de insolvencia o concurso).
- Presentar solicitud a FOGASA en plazo: un año desde el reconocimiento del crédito.
- Aportar documentación: vida laboral, contrato, nóminas, sentencias, declaración de insolvencia.
- Esperar resolución: plazo legal de tres meses, frecuentemente más en la práctica.
Si la resolución es negativa o insuficiente, hay vía de reclamación administrativa y judicial.
9. Errores frecuentes que pueden costarte dinero
- Aceptar acuerdos individuales durante ERTE sin asesoramiento.
- Firmar finiquito sin reservas en empresa con problemas (luego no puedes reclamar diferencias).
- No solicitar la prestación por desempleo en plazo cuando empieza el ERTE.
- Aceptar pagos en negro que después no podrás reclamar a FOGASA.
- No iniciar reclamación judicial cuando hay deuda de salarios o despido improcedente: sin sentencia no hay FOGASA.
- Perder el plazo de un año para reclamar a FOGASA tras sentencia firme.
- Renunciar verbalmente a vacaciones, pluses o conceptos: sin reclamación escrita no se reclaman después.
10. ERTE encubierto: cuando la empresa se salta el procedimiento
Hay empresas que evitan el procedimiento formal de ERTE y simplemente:
- Dejan de pagar nóminas con la excusa de "esperar a que mejoremos".
- Imponen reducciones de horas y salario unilaterales.
- Suspenden actividad sin formalizar.
Estas situaciones son ilegales. Las consecuencias para la empresa pueden ser severas (multas, sanciones, indemnización por extinción a instancia del trabajador). Para el trabajador, conviene:
- Documentar todo (correos, mensajes, ausencia de nóminas).
- No firmar nada sin asesoramiento.
- Acudir a Inspección de Trabajo y/o servicios jurídicos sindicales.
- Iniciar reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social.
11. Indemnizaciones por extinción a instancia del trabajador
El artículo 50 del Estatuto permite al trabajador solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización por despido improcedente cuando hay impagos reiterados o modificaciones graves de condiciones. Indemnización: 33 días por año trabajado (orientativamente) con topes.
Es una vía relevante si la empresa está incumpliendo pero no formaliza el cese. Requiere sentencia.
12. Mecanismo RED y prevención de crisis
Desde la reforma laboral de 2022, el Mecanismo RED se ha activado en sectores específicos (industria del metal, agencias de viajes) durante crisis localizadas. Para el trabajador, la principal ventaja sobre ERTE clásico:
- Cotización plena.
- Prestación con base reguladora algo más alta en algunos casos.
- Formación obligatoria que mejora empleabilidad futura.
Conviene priorizar empresas que se acogen a Mecanismo RED frente a las que aplican ERTE clásico cuando hay opción.
Preguntas frecuentes
¿Dónde se consulta la normativa laboral vigente?
El BOE publica todas las modificaciones del Estatuto de los Trabajadores y los reales decretos relevantes. Para dudas concretas conviene contrastar con el SEPE, con tu sindicato o con un graduado social, ya que la aplicación práctica depende del convenio.
¿Qué hacer si la empresa incumple lo acordado?
El primer paso es solicitar la regularización por escrito (email o burofax) dejando constancia. Si no responde, papeleta de conciliación ante el SMAC y, si no hay acuerdo, demanda al juzgado de lo social. Los plazos son cortos: actúa sin esperar meses.
¿Tengo derecho a indemnización si me despiden?
Depende del tipo de despido. Improcedente: 33 días por año trabajado con tope de 24 mensualidades. Objetivo procedente: 20 días por año con tope de 12 mensualidades. Disciplinario procedente: sin indemnización pero con paro si cotizaste lo suficiente.
¿Cuánto se cobra de paro en España?
El 70% de la base reguladora los primeros 180 días y el 60% a partir del día 181. Hay un mínimo y un máximo según hijos a cargo. La duración va de 4 a 24 meses según lo cotizado en los últimos 6 años.
Próximos pasos
Si tu empresa entra en crisis, no esperes a quedarte sin opciones: documenta todo desde el primer impago, infórmate de tus derechos y acude a servicios jurídicos sindicales o a un abogado laboralista. Si estás explorando un cambio, revisa las ofertas activas y pon al día tu candidatura con la guía de CV perfecto 2026. Para entender el contexto del mercado y los sectores con más estabilidad, consulta las tendencias del mercado laboral 2026 y la guía de salarios por sector 2026.




